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¿Cómo tratar una especie definida como E1?

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Las retribuciones en especie pueden ser de varios tipos y tener tratamientos fiscales distintos. Un tipo de retribuciones en especie, son aquellas en las que la retención de IRPF es un pago a cuenta que asume la empresa y en el 190 van desglosadas como retribuciones en especie, dentro de la clave A.

Para este tipo de especies, al definir el concepto retributivo en el convenio se debe tener en cuenta:

1. Origen de concepto

Al definir el concepto retributivo en el convenio, se debe indicar el tipo de retribución en especie en el campo Origen de concepto, en este caso E1.

2. Acumulable base

Además, la casilla Renta no debe estar marcada en Acumulable base. El resto de los campos, que afectan a la cotización se cumplimentan en función de la naturaleza de la especie.

Al indicar la retribución en especie con estos parámetros, se genera un pago y un descuento por el importe de la especie.

Además, se genera un pago a cuenta con el resultado de aplicar al importe de la especie el porcentaje de retención de IRPF que tiene el trabajador, este pago a cuenta lo asume la empresa y su importe incrementa la base de cotización del trabajador.

En el 190 los importes abonados al trabajador y los pagos a cuenta van desglosados en Percepciones en especie de la clave A.

También se reflejan en el certificado de empresa en Contraprestaciones en especie.