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La disposición final tercera de la Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo introduce, en su disposición final tercera, modificaciones en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social -LGSS- con relación a la creación de las siguientes situaciones especiales de IT de contingencias comunes:
- IT por menstruación incapacitante secundaria
- IT por interrupción voluntaria del embarazo
- IT por gestación de la mujer trabajadora desde el día primero de la semana trigésima novena.
Cada una de estas situaciones especiales genera una peculiaridades y un código de colectivo incentivado que va en los ficheros de bases que envía SILTRA y, por tanto, se deben generar en la aplicación, para conciliar correctamente las liquidaciones mensuales.
- 1- Menstruación incapacitante secundaria. Peculiaridad 21 Colectivo incentivado 8048
- 2- Interrupción del embarazo. Peculiaridad 21 Colectivo incentivado 8052
- 3- Gestación desde semana 39. Peculiaridad 21 Colectivo incentivado 8056