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Suministro inmediato de información y LROE

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Las siguientes opciones están disponible en Finanzas (Avanzado) | Configuración | Tratamiento del IVA | Suministro inmediato de información y LROE.


Parámetros del SII

Mediante el formulario de parámetros del SII puede configurar el funcionamiento general del sistema de envío de la información. Los campos están divididos en dos pestañas:

General

Los campos de este formulario están agrupados de la siguiente manera:

  • Datos generales. En primer lugar, debe seleccionar la normativa y el territorio. El campo Versión se refiere a la versión del fichero que se utiliza para realizar el envío de información. De forma automática, el sistema envía el formato correspondiente, en función de la fecha de vigencia de cada versión. No obstante, se puede forzar una versión determinada, por ejemplo, durante el periodo en el que se puede utilizar una versión anterior, para ello, basta con seleccionar la versión.
  • Gestión de plazos de envío. En este grupo de campos debe seleccionar un calendario definido de tipo SII previamente definido en Calendarios de días hábiles. Para cada uno de los libros tributarios se deben especificar los días de margen para realizar su presentación. Según la normativa actual, hasta el 31/12/2017 se establecen ocho días de margen para el envío de los registros de las facturas. A partir del 01/01/2018, como norma general, se establecen cuatro días de margen y, en el caso de que la emisión de facturas se realice a través de terceros, se establece un margen de ocho días. En el campo Días de margen de envío automático, se puede indicar el número de días de margen sobre la fecha límite para el envío de los registros. Si el valor es 0 o no está indicado, se envían todos los registros pendientes de enviar en cada momento, independientemente de la fecha límite. Para indicar que la emisión de facturas se realiza mediante un tercero, se realiza en Parámetros de declarante.
  • Alertas .En el campo Días límite indique que el monitor marque los registros a cuya fecha límite de presentación se reste el número de días indicados. Por ejemplo, si es el día 13/03/2017 (lunes) y la fecha límite de presentación de un registro es 17/03/2017 (viernes) y en Días límite se indica 2, a partir del día 15/03/2017 el registro aparecerá marcado con el tipo de alerta Próximo al límite, ya que le quedan dos días o menos para llegar a su fecha límite.

Para realizar el envío de registros correspondientes al SII es imprescindible disponer de un certificado electrónico que permita realizar los trámites con la AEAT. En este formulario puede configurar el certificado. Dependiendo del tipo de certificado que instale, podrá realizar los envíos al SII para un solo declarante o bien, para varios declarantes para los que esté autorizado por el propio certificado.

Para configurar los certificados dispone de las siguientes opciones:

Puede Usar certificados del usuario, esta opción permite utilizar los certificados instalados en su ordenador, incluyendo los certificados de tipo físico (mediante tarjeta) instalados en cada momento. Para ello. Cada vez que se realice un envío, se preguntará al usuario por el certificado que se va a utilizar.

Para automatizar los procesos de envío de información al SII, o simplemente utilizar un sistema más centralizado de certificados, existe la alternativa de almacenar el certificado alojado en la base de datos de su sistema. En este caso, dispone de las siguientes funciones:

  • Certificado general. En este grupo de campos puede indicar el certificado general que va a utilizar. El certificado general debe ser un certificado electrónico emitido por la Administración autorizado para realizar la presentación de datos fiscales de terceros. Para seleccionar el certificado que se va a utilizar pulse los tres puntos disponibles al lado de la caja de texto del certificado, se abrirá un formulario en el que puede seleccionar el fichero del certificado ubicado en la transferencia de archivos. Una vez seleccionado el fichero, se solicita la contraseña para subir el certificado a su base de datos. A continuación, podrá indicar que se solicite la contraseña cada vez que se realice un envío al SII, o el sistema almacenará la contraseña de forma seguirá para que se pueda utilizar de forma automática en los envíos.
  • Certificado por titular del libro. Permite definir un certificado específico para cada uno de los declarantes. Es posible, por tanto, indicar el certificado que se utilizará en caso de enviar información a la Administración para un declarante concreto. En este caso debe ser un certificado electrónico emitido por la Administración autorizado para realizar la presentación de una persona fiscal determinada. El modo de subir el certificado es exactamente el mismo que en el caso de certificado general.

Este formulario contiene, además, el grupo Gestión documental que contiene los campos necesarios para activar la Gestión documental o, simplemente, indicar la carpeta en que se almacenarán los ficheros XML de envío y respuesta a la AEAT.

El sistema permite el almacenamiento de los mensajes XML de envío al SII, así como de los correspondientes mensajes XML de respuesta. De esta forma, se garantiza el acceso a la documentación de la evidencia de envío de los registros al SII. Estos archivos se pueden almacenar en la Gestión documental asociada a cada uno de los envíos y, adicionalmente, también se pueden archivar en el propio directorio del usuario en el sistema de archivos del servidor.

Para utilizar la Gestión documental debe que realizar las siguientes acciones:

  • Activarlo en los parámetros del SII, en el grupo Gestión documental ubicado en la pestaña General, marcando la casilla Gestión documental.
  • En la definición de la carpeta de Gestión documental pc_sii_envios, indicar una ruta de una carpeta compartida en la que se almacenarán los ficheros generados al realizar envíos al SII.
  • Para obtener más información sobre como configurar una carpeta de la gestión documental consultar Plataforma.

Además de la Gestión documental, también puede guardar los ficheros en una carpeta específica del sistema de archivos del servidor. Para ello, debe marcar también la opción en parámetros y especificar el nombre de la carpeta en la que se guardarán los ficheros.

Para cada envío realizado se creará, de forma automática en de esta carpeta, si no existe, una subcarpeta cuyo nombre será el código de la persona declarante de los datos.

Para instalar un certificado es imprescindible disponer del fichero con el certificado e incorporarlo a la transferencia de archivos.

Avanzado

Los campos de este formulario están agrupados de la siguiente manera:

  • General avanzado. Permite indicar el número máximo de registros que se pueden incluir en un paquete datos para enviar a la Administración. Actualmente está limitado a 10.000 registros. También permite indicar el importe de la factura a partir del cual se considera como Macrodato.
  • Generación de ficheros XML. Permite indicar los scripts de código java que se encargan de generar la información en formato XML para su envío a la Administración
  • Datos de configuración del servicio web del SII. Permite indicar las URL de los diferentes servicios web que la Administración pública para la recepción de la información que el sistema SII enviará. Actualmente existe una URL específica para cada tipo de libro registro de IVA.
  • Contiene la casilla Modo pruebas que se debe marcar si la aplicación se instala antes de la fecha de entrada en vigor del sistema SII de la Administración. Permite realizar envíos de información a los servicios habilitados de pruebas de la AEAT con el fin de familiarizarse con este nuevo sistema. Al indicar el modo de pruebas los servicios y URL de conexión cambian automáticamente a los servicios habilitados de pruebas de la AEAT con el fin de familiarizarse con este nuevo sistema. Durante este periodo, cualquier documento registrado con fecha mayor a la fecha de inicio del SII se traspasará automáticamente y quedará pendiente de envío.
Al desmarcar esta casilla se borrará toda la información cargada en el sistema y a partir de ese momento se utilizarán las direcciones URL del entorno de producción (no de pruebas). Esto significa que cualquier registro que se realice en el sistema ya se considerará real y quedará pendiente para su envío a la AEAT y que, por lo tanto, producirá las correspondientes consecuencias tributarias.

Tipo de calendario de días hábiles

Para utilizar un calendario para el SII, es necesario haber definido el tipo de calendario SII. Puede definir tipos de calendario distintos, para utilizarlos en otros procesos de la aplicación.


Calendarios de días hábiles

El sistema para calcular las fechas límite de presentación de cada uno de los registros dados de alta en el sistema, se basa en los calendarios de días hábiles. Los calendarios que se utilizan para el SII deben estar definidos con el tipo de calendario SII – Tipo de calendario para el SII.

Debe definir un calendario para el año actual y, es aconsejable, definirlo también para el siguiente, ya que al final de año el cálculo de las fechas límite de presentación de los registros pueden dar una fecha del año siguiente. En el caso de que no se defina el calendario para el año siguiente, en la última semana del año en curso aparecerá un mensaje de error avisando de la necesidad de definirlo.


Traspaso de documentos al SII/LROE

Mediante este proceso se realiza el traspaso de los registros de las facturas emitidas y recibidas a los ficheros que permiten realizar el envío de información al SII.

Este un proceso que se debe utilizar para el traspaso de todos los registros de las facturas del primer semestre del 2017, para poder realizar el envío en real a la Agencia Tributaria, para los declarantes que estén obligados a ello. En el caso de estar inscrito en el REDEME, no existe la obligación de enviar esta información del primer semestre de 2017.

Adicionalmente, este proceso se podrá utilizar siempre que sea necesario realizar el envío o reenvío de facturas, y que sea preciso traspasar los datos de forma masiva y no registro a registros desde el mantenimiento de documentos fiscales. Por ejemplo, en el caso de que la inclusión en el SII se produzca en una fecha posterior al 1 de enero del ejercicio de inclusión, existe la obligación de enviar todos los registros de facturación desde el 1 de enero de ese ejercicio.

Desde el formulario de selección, se podrá indicar la descripción de la operación que se va asignar a las facturas que no tuviesen valor asignado.

También es posible indicar cuál es el dato que se utilizará como identificador de las facturas emitidas y las facturas recibidas, es decir, la composición de Serie y Número de registro o el Número de factura del documento fiscal.

Para el caso especial del traspaso de las facturas del primer semestre de 2017, es decir, entre la fecha de aplicación del SII y la fecha de traspaso automático indicado en los parámetros del SII, el proceso asigna unos valores por defecto:

  • Clave de régimen especial = Primer semestre 2017 y otras facturas anteriores a la inclusión en el SII
  • Descripción de operación = "Registro del primer semestre"
  • En el libro registro de facturas emitidas:
    • Con independencia del tipo de operación informado (no sujeta, sujeta y exenta o no exenta) se debe indicar en cualquier caso como factura sujeta y no exenta.
  • En el libro registro de facturas recibidas:
    • Fecha de registro contable:
    • Fecha del envío Cuota deducible: Etiqueta con 0.