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Modelo 303

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La Orden HAP/2215/2013, de 29 de diciembre de 2017, modificó el Modelo 303 - Autoliquidación a utilizar en periodos posteriores al 1 de enero de 2018. Este modelo incluye las siguientes características:

  • Soporte al Régimen de IVA de Caja;
  • Basado en la liquidación de IVA disponible en el ERP;
  • La mayoría de los campos del modelo se rellenan de forma automática a través de fórmulas.

Según el régimen en el que se incluye, el contribuyente está obligado a entregar, mensual o trimestralmente, el Modelo 303 - Autoliquidación.


Configurar el ERP para recopilación de datos

Para garantizar que los importes de IVA y del Recargo de Equivalencia de las diferentes clases del Plan de IVA aparecen en la declaración correspondiente, debe efectuarse la configuración de su enlace a los campos de las declaraciones fiscales.

Para cada uno de los siguientes modelos debe indicarse el número del campo de la declaración en el que se mostrarán la incidencia y el importe de IVA: IVA 303 = Impuesto sobre el Valor Añadido. Autoliquidación. De esta forma, debe garantizarse que las clases de IVA utilizadas en alguna declaración fiscal tienen configurada la definición del campo correspondiente.

Para configurar el ERP para recopilación de datos del Modelo 303, deben realizarse los siguientes pasos:

  1. Acceder a Tablas | Contabilidad | Planes | Plan IVA;
  2. Indicar el Ejercicio y seleccionar la clase de IVA;
  3. En la pestaña Modelos Fiscales, configurar el Enlace a los campos de las declaraciones fiscales;
  4. Indicar el Modelo de la declaración, en el ejemplo es la declaración 303;
  5. En las columnas "Incidencia" e "IVA", indicar los campos de la declaración en los que se mostrarán los importes, tanto para el IVA, como para el Recargo de Equivalencia. Por ejemplo: - Modelo: 303; - Incidencia (IVA): 07; - Cuota (IVA): 09; - Incidencia (Recargo):22; - Cuota (Recargo): 24;
  6. Por fin, hacer clic en Guardar.

Una vez realizada la configuración, en todas las facturas de compra y venta realizadas, las clases de IVA configuradas para las declaraciones pasan a mostrar los importes en los campos y en el modelo fiscal indicados.

Antes de emitir la declaración de IVA debe efectuarse la liquidación del IVA.
En bases de datos configuradas anteriormente, para este modelo hay que reconfigurar los campos de incidencia, IVA y Recargo de Equivalencia.

Gestionar Cuotas a Compensar

En la secuencia de la publicación del Orden HAC/1274/2020, de 28 de diciembre, se han introducido cambios al Modelo 303, designadamente, la sustitución del campo 67 (Cuotas pendientes de compensación aplicadas en la autoliquidación) por tres nuevos campos:

  • Campo 110 (Cuotas a compensar pendientes de periodos anteriores);
  • Campo 78 (Cuotas a compensar de períodos anteriores aplicadas en este periodo);
  • Campo 87 (Cuotas a compensar de periodos previos pendientes para periodos posteriores).

En comunicado oficial, la AEAT indica que deben ser introducidas comprobaciones adicionales en los escenarios en que el campo 78 es introducido.

En este sentido, el ERP incluye una comprobación en la liquidación del periodo del IVA para que el informe de periodos anteriores no es usado:

  • cuando el resultado de la Liquidación de IVA también a reportar;
  • cuando la Liquidación de IVA es a pagar, el informe de periodos anteriores solo puede ser usado hasta este valor.

Nota: Al configurar la Liquidación de IVA, la cuenta a liquidar, relativa al informe de IVA, deberá estar configurada con el periodo 0:N-1 para garantizar el correcto funcionamiento del mecanismo de informe de IVA.

A continuación, se presentan escenarios de uso donde el campo 78 deberá ser introducido de acuerdo con el resultado de la Declaración Periódica de IVA:

Escenario 1: IVA a recibir

  • Valor a Reportar de Periodos Anteriores = 1000 €
  • Resultado Liquidación de IVA = 500 € a recibir
Campo 110 - Cuotas a compensar pendientes de periodos anteriores1000€
Campo 78 - Cuotas a compensar de periodos anteriores aplicadas en este periodo0€
Campo 87 - Cuotas a compensar de periodos previos pendientes para periodos posteriores1000€

Escenario 2: IVA a pagar parcialmente

  • Valor a Reportar de Periodos Anteriores = 1000€
  • Resultado Liquidación de IVA = 500€ a pagar
Campo 110 - Cuotas a compensar pendientes de periodos anteriores1000 €
Campo 78 - Cuotas a compensar de periodos anteriores aplicadas en este periodo500 €
Campo 87 - Cuotas a compensar de periodos previos pendientes para periodos posteriores500 €

Escenario 3: IVA a pagar

  • Valor a Reportar de Periodos Anteriores = 1000 €
  • Resultado Liquidación de IVA = 1000 € a pagar
Campo 110 - Cuotas a compensar pendientes de periodos anteriores1000 €
Campo 78 - Cuotas a compensar de periodos anteriores aplicadas en este periodo1000 €
Campo 87 - Cuotas a compensar de periodos previos pendientes para periodos posteriores0 €

Exentos de presentar el Modelo 390

Para los sujetos pasivos exentos de presentar la Declaración Resumen Anual de IVA - Modelo 390, el Modelo 303 incluye las cifras acumuladas del ejercicio en el último periodo (mes 12 o 4.º trimestre según el Régimen de IVA) en el Cuadro de las Operaciones realizadas en el Ejercicio (hoja 4).

En todos los demás periodos, los valores de este cuadro serán cero.

Para que esto sea posible, es necesario activar la opción Exento del 390 disponible en el Administrador, en los Parámetros de Configuración de la Liquidación del IVA en Contabilidad | Parámetros de la Empresa | Contabilidad | Generales.

Emitir Modelo 303

El modelo "IVA 303 - Impuesto sobre el Valor Añadido. Autoliquidación" es el modelo usado por las empresas con sede en España en la entrega de la liquidación de IVA. Este modelo deben entregarlo tanto las empresas con liquidación mensual como trimestral, así como las empresas exportadoras.

Para emitir el Modelo 303, deben seguirse los siguientes pasos:

  1. Acceder a Fiscal Reporting | Panel de Control;
  2. Seleccionar el Año deseado;
  3. Crear un escenario;
  4. Comprobar que en la tabla se crea la línea de la declaración y hacer clic dos veces en la línea para visualizarla;
  5. Procesar el modelo;
  6. Por fin, hacer clic en Guardar.
Para la correcta emisión y procesamiento del Modelo 303, debe garantizar que el ERP, Fiscal Reporting y el Modelo 303 están actualizados.